VISAS PARA INVERSIONISTAS [EB-5]

En el 1990 el Congreso de los EE.UU. creo la quinta categoría de residencia basada en empleo.  Esta categoría le concede la Residencia Permanente (Tarjeta Verde) a personas que vienen a los EE.UU. para desarrollar un negocio comercial que beneficie a los EE.UU. y que resulte en la creación de empleo para diez trabajadores del los EE.UU. Normalmente, el inversionista tiene que invertir $1,000,000, aunque esa cantidad se puede reducir a $500,000 si la inversión es en una área rural o con altos niveles de desempleo, o si la inversión es en un Centro Regional (Regional Center) pre-aprobado por el gobierno de los EE.UU.  En el pasado, esta categoría de residencia ha sido poco usada en parte por la cantidad que se tiene que invertir, en parte por las complicaciones que podían surgir con inversiones tan grandes, y en parte por la inseguridad que después de hacer la inversión la Residencia Permanente (Tarjeta Verde) no fuera aprobada.  Sin embargo, es una buena categoría para personas que quieren mudarse para los EE.UU. y disponen del dinero necesario para la inversión.  Ademas, para personas que invierten en un Centro Regional la residencia permanente es garantizada.

 

RAZONES PARA CONSIDERAR LA CATEGORÍA DE INVERSIONISTA INMIGRANTE (EB-5)

 

  • Se puede usar por nacionales de cualquier país.

  • No requiere un familiar que es ciudadano o Residente Permanente de los EE.UU.;

  • A  No requiere una oferta de empleo;

  • A  No requiere que el inversionista tenga un negocio o compañía afuera de los EE.UU.;

  • A  No requiere que el inversionista le dedique mucho tiempo al manejo del negocio en los EE.UU.;

  • A  Hay visas inmediatamente disponibles;

  • A  Resulta en la Residencia Permanente (Tarjeta Verde); y

  • A  La inversión se puede vender cuando los tramites para la Residencia Permanente (Tarjeta Verde) se finalicen.

 

RAZONES PARA CONSIDERAR UNA INVERSIÓN EN UN CENTRO REGIONAL

 

  • La cantidad que se tiene que invertir es reducida a $500,000;

  • La Residencia Permanente (Tarjeta Verde) es garantizada.  Si la Residencia Permanente (Tarjeta Verde) no es aprobada se le devuelve todo el dinero invertido al inversionista;

  • Como las inversiones son pre-aprobadas por Inmigración (CIS), las aplicaciones son aprobadas mucho mas rápido que cuando el inversionista trata de desarrollar una inversión nueva;

  • El inversionista no tiene que crear empleo para trabajadores en los EE.UU.

  • El inversionista no tiene que preocuparse con el manejo de la inversión;

  • El inversionista no tiene que vivir cerca del la inversión;

  • Lo único que el inversionista tiene que comprobar es que el dinero usado para la inversión fue obtenido por medios legales;

  • El inversionista puede usar dinero prestado para hacer la inversión siempre y cuando el préstamo no sea respaldado por la inversión en los EE.UU.; y

 

 

Las inversiones son en áreas de los EE.UU. afectadas por desastres naturales o altos niveles de desempleo, así que el inversionista se puede sentir bien con el conocimiento que su inversión esta mejorando vidas.

 

Para personas considerando la categoría de residencia EB-5, la firma de Pérez & Associates, ademas de su conocimiento y experiencia con las leyes de Inmigración, tiene un conocimiento amplio de asuntos de negocios y de la ley transaccional.  Esto nos deja ayudar a nuestros clientes a estructurar inversiones que califican para la residencia permanente por medio de la categoría EB-5.  Si después de leer esta información piensa que posiblemente pueda calificar para la residencia permanente (Tarjeta Verde) en la categoría EB-5, pida una e-Valuación o pongase en contacto con nuestra oficina para una cita para empezar a desarrollar su inversión.

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