Las leyes de inmigración de los EE. UU. ofrecen varias categorías de visas o estatus que permiten trabajar en los EE.UU. Las más comunes de estas permiten el empleo en los EE.UU. de profesionales (H-1B), the inversionistas (E-2), de ejecutivos y gerentes de empresas multinacionales (L-1), atletas y artistas (P), personas sobresalientes (O), y nacionales de Mexico y el Canada (TNDebajo encontrará descripciones de las categorías más comunes que permiten trabajo temporario en los EE.UU. Pérez & Associates tiene más de  42 años de experiencia obteniendo permisos de trabajo para extranjeros que desean trabajar en los EE.UU. Si usted está contemplando emplear a un extranjero le alegrara saber que con nuestros años de experiencia podemos procesar los permisos de trabajo para extranjeros con una inversión de tiempo mínima por el empleador. Para una evaluación de su capacidad, o de la capacidad de un empleado prospectivo, de obtener un permiso de trabajo en los EE.UU. póngase en contacto con nuestras oficinas para fijar una cita en persona, por video, o por teléfono.

 

CATEGORÍA H-1B

Esta categoría permite el empleo de un extranjero que viene a los EE.UU. a tomar una posición que requiere un título universitario de cuatro años en un área de especialización relacionada a la posición. Además, el extranjero debe tener el título universitario requerido por la posición o el equivalente del título por medio de educación, experiencia, o una combinación de educación y experiencia. Hay un límite anual en el número de visas H-1B nuevas que se pueden conceder. Hay números adicionales para extranjeros que tienen una Maestría de una universidad en los EE.UU. Personas que ya tienen la visa H-1B, o que vienen a trabajar para una institución de educación alta, una organización de investigaciones científicas sin fin de lucro, o una organización del gobierno de investigaciones científicas son exentas de la cuota anual. Personas en los EE.UU. que ya tienen la H-1B pueden empezar a trabajar para un patrón nuevo en cuanto la petición del nuevo patrón quede archivada con el U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS) en los EE.UU. y antes de recibir la aprobación de la petición. El estatus puede ser mantenido por seis años o indefinidamente para personas que están procesando la residencia permanente (tarjeta verde) basada en una oferta de empleo. El proceso para obtener la H-1B no requiere que se pruebe que no hay trabajadores en los EE.UU. interesados en la posición.

 

CATEGORÍA E

Esta categoría es para extranjeros que son nacionales de países con los cuales los EE.UU. tiene tratados de comercio que vienen a los EE.UU. a dirigir y desarrollar una inversión o un negocio de importación y exportación. Para una explicación más detallada de esta categoría visite la página dedicada a visas para Inversionistas de Tratado.

 

CATEGORÍA L

Esta categoría es para extranjeros que vienen a los EE.UU. a trabajar como ejecutivos (L-1A), gerentes (L-1A), o como personas con conocimiento especializado (L-1B) para una empresa en los EE.UU que es sucursal o empresa filial de una empresa en el extranjero para la cual el extranjero ha trabajado por lo menos un año durante los tres años antes de aplicar para la visa. Para una Explicación más detallada de esta categoría visite la página dedicada a visas para Transferencias Entre Empresas Filiales.

 

CATEGORÍA P

Esta categoría es para artistas y atletas (P-1), artistas de intercambio cultural (P-2), y artistas con talentos únicos culturales que vienen a los EE.UU. a competir o a obrar por un tiempo temporario.

 

ATLETAS Y ARTISTAS

El permiso para venir a los EE.UU. puede ser otorgado por hasta cinco años con extensiones hasta un máximo de diez años. Atletas pueden venir solos o como parte de un equipo, pero tienen que estar compitiendo a un nivel internacional.

 

ARTISTAS CULTURALES

El permiso es otorgado por el tiempo necesario para completar la obra o las obras y al salir de los EE.UU. no pueden regresar a los EE.UU. por 90 días.

 

CATEGORÍA O

Esta categoría es para extranjeros que son sobresalientes en deportes, las artes, ciencia, educación, o negocios que vienen a los EE.UU. a trabajar en el área donde sobresalen.

 

CATEGORÍA TN

Esta categoría, creada por NAFTA, es para nacionales de Mexico o el Canada que vienen a los EE.UU. a trabajar para un patrón en los EE.UU. en una posición listada en el tratado NAFTA. El permiso para trabajar en los EE.UU. es concedido por tres años y puede ser extendido indefinidamente. Nacionales del Canada pueden aplicar en los EE.UU. o en el puerto de entrada al momento de entrar a los EE.UU. Nacionales de Mexico pueden aplicar en los EE.UU. o en un Consulado de los EE.UU. en Mexico.

EMPLEO TEMPORARIO en los EE.UU.

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